Internet, el Lejano Oeste de Los Autores

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El Derecho de Autor, por Hugo Marcano. Venezuela, Octubre 2017  ( I )

Los chinos inventaron un proceso de imprenta denominado xilografía, que consistía en grabados de letras con tallados de madera. Esto fue a inicios del siglo V DC. Con esta técnica se creó el primer libro de imprenta titulado Sutra del Diamante.

Esto se hizo sobre un papiro de casi 5 m de largo por 30 cm de ancho. Su autor es desconocido, sin embargo, aun sabiendo el nombre de este ilustrado habitante del planeta Tierra cuya obra goza de tal reconocimiento, su creación puede ser citada, copiada y/o divulgada sin que nadie que tenga que ver con que esta persona reclame el derecho de publicación o algún tipo de regalías por los beneficios que esta información pueda generar.

Esto ocurre con todas las creaciones humanas previas al invento de la imprenta de Gutenberg. Invenciones humanas donde el intelecto es la principal y a veces única fuente de creación. Investigaciones científicas, poemas, cuentos, novelas, y cualquier creación donde el autor desarrolla toda su imaginación en la descripción de su perspectiva de cualquier tema, sea real o irreal.

Ninguna obra literaria, artística, incluso investigación científica, fue resguardada legalmente. En el lapso desde que el ser humano dio sus primeros pasos sobre la faz de la tierra hasta que en el año 1440 DC no hubo protección alguna sobre la creación.

Esta fecha señala el año en que el orfebre alemán Johannes Gutenberg implementó una herramienta que permitía imprimir múltiples textos sobre hojas con adminículos móviles que hacían la función de letras, tallados en madera y metal.

El nombre de este invento es LA IMPRENTA. A partir de este momento, la reproducción de textos alcanzó inimaginables velocidades. En un día podían reproducirse miles de hojas escritas. Ya la creación literaria no sería exclusiva del autor. Podría tomarse el texto escrito de otro autor y colocarlo en cualquier libro como propio otro. Obviamente se facilitó la distribución y copia masiva de las obras. Esto precipitó la necesidad de proteger las obras no como objetos materiales, sino como fuentes de propiedad intelectual.

Los primeros casos que se recogen en leyes sobre el derecho de copia provienen de la antigua Irlanda. El Catach es el manuscrito irlandés más antiguo existente de los Salmos (principios del siglo VIII) y el ejemplo más antiguo de la literatura irlandesa. Se atribuye su creación a San Calumba como el copista. Surgió una controversia sobre la propiedad de la copia, y el rey Diarmat Mac Cerbhaill dictó la siguiente frase: “A cada vaca le pertenece su cría; por lo tanto, a cada libro le pertenece su copia”.

Aunque formalmente suele datarse el nacimiento del derecho de autor y del copyright durante el siglo XVIII, en realidad se puede considerar que el primer autor en reclamar derechos de autor en el mundo occidental, mucho antes que el Estatuto de la Reina Ana de 1710 del Reino Unido o las disputas de 1662 en las que interfirió la Unión de las Coronas, fue Antonio de Nebrija, creador de la célebre Gramática Castellana e impulsor de la imprenta en la Universidad de Salamanca a fines del siglo XV.

Más tarde, en la Inglaterra del siglo XVIII los editores de obras (los libreros) argumentaban la existencia de un derecho a perpetuidad a controlar la copia de los libros que habían adquirido de los autores. Dicho derecho implicaba que nadie más podía imprimir copias de las obras sobre las cuales tuvieran el copyright.

El Estatuto de la Reina Ana, aprobado por el parlamento inglés en 1710, fue la primera norma sobre copyright de la historia. De allí en adelante cada país ha adoptado sus propias normas de derecho de autor para cualquier creación humana.

Así, en la actualidad se presenta Internet como un reto de estos tiempos. Es un mundo casi sin ley, considerado el lejano oeste de los autores. Pero en realidad, aun en ese ambiente desenfrenado de acceder a información de todo tipo, también existe el derecho de autor.

Continuará…

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